VIGENCIA
Desde el 01 de junio de 2023
Hasta el 30 de junio de 2023
MODALIDAD DE ADHESIÓN
VÍA WEB: a través de los Servicios de ATER con clave fiscal AFIP a partir del 1 de Junio.
Excepciones:
Pequeños Deudores: Presencial con turno web ( INGRESAR )
Contribuyentes en Concurso o Quiebra: con turno web y autorización Judicial.
Contribuyentes en proceso de fiscalización: con turno Especial solicitando a turnosfiscalizacion@ater.gob.ar (adjuntando Certificado de Adhesion al regimen obtenido Servicios de ATER con clave fiscal AFIP)
Contribuyentes que tengan intimaciones en el marco del art 36° del CF 2022: con turno especial solicitando a turnosfiscalizacion@ater.gob.ar
ALCANCE GENERAL
Deudas generadas hasta el 31 de marzo de 2023
Los esquemas de beneficios se dividen en 2 segmentos a saber:
A - DEUDA GENERAL
Los contribuyentes se sub-clasificarán en 3 categorías sobre las cuales se establecen los beneficios y alternativas de financiación a las que podrán acceder:
Pequeños deudores: Personas humanas que reúnan las siguientes condiciones:
Deuda total actualizada de todos los tributos hasta la suma de Pesos Quinientos Mil ($500.000);
No sean contribuyentes de más de tres (3) imponibles del Impuesto Inmobiliario Urbano;
Siendo contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural y/o Subrural la suma de las superficies de sus imponibles no supere las 300 ha.
La suma de los valores de aforo de los imponibles sujetos al Impuesto a los Automotores no supere los $ 12.000.000.-